Los marroquíes acaparan las concesiones de nacionalidad española: ya representan el 30%
_ El Ministerio de Justicia concedió en 2022 la nacionalidad española a un total de 181.581 extranjeros que residen en nuestro país, de las que el 30% han ido a parar a ciudadanos marroquíes, según los datos que publica anualmente el Instituto Nacionalde Estadística (INE).
El número solicitudes de nacionalidad española aprobadas es la mayor desde el año 2014 y supone un aumento en un 26,1% con respecto a 2021. Más de 50.000 personas de origen marroquí son ahora españoles de pleno derecho. La segunda nacionalidad de los extranjeros a las que más se le concedió representa una cifra muy inferior: 11.125 colombianos tienen ahora pasaporte español.
Le siguen, de cerca, originarios de Ecuador (10.845), Bolivia (9.016), República Dominicana (8.100), Venezuela (8.036) y Pakistán (6.400). Cierran el listado los hondureños (5.778), peruanos (5.152) y cubanos (4.780).
La mayoría residen en Cataluña y en Madrid, las dos grandes urbes concentran casi el 50% de los casos. Extremadura y La Rioja son las comunidades que recibieron un menor número de solicitudes aprobadas. En tramos de edad, los menores de 10 años, en primer lugar, y el grupo de 30 a 39 años, después, fueron los más beneficiados por la concesión de nacionalidad.
Las concesiones de nacionalidad española por residenciase han acelerado en el primer semestre de 2023hasta las 164.064, una cifra que supera la registrada durante todo el año 2022 (157.415), lo que significa que el 96,61% de las solicitudes de nacionalidad española recibieron el visto bueno del Ministerio. El perfil que se desprende de estas primeros otorgamientos de nacionalidad es el de una mujer marroquí de 29 años.
La legislación española establece como requisitos para obtener la nacionalidad llevar más de diez años residiendo legalmente en nuestro país de manera continuada. Para los refugiados, sin embargo, son suficientes cinco años y, en el caso de originarios de países iberoamericanos y de otros cercanos históricamente a España, bastan dos años.
Otras vías son la obtención gracias a una carta naturaleza, decisión del Gobierno; por origen, si el padre o la madre son españoles o nacidos en España; por posesión de estado, si ha utilizado la nacionalidad española durante diez años de forma continuada y de buena fe; y por opción, para aquellas personas que han estado sujetos a patria potestad de un español o el padre o la madre hubieran sido español y nacido en España.